Convalidaciones en Formación Profesional

El alumnado que haya cursado otros estudios reglados (ciclos de FP, estudios universitarios, otra formación con validez académica) podrá solicitar convalidación de algunos de los módulos, siempre que haya superado una formación que incluya totalmente las capacidades terminales o resultados de aprendizaje y contenidos mínimos de los módulos profesionales de los ciclos formativos susceptibles de convalidación.

Las solicitudes de convalidación deben presentarse en las oficinas del centro o enviarse al email:
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Normativa a aplicar:

La documentación a adjuntar varía según las siguientes situaciones:

1) Solicitudes de convalidación del módulo autonómico de Inglés Técnico:

  • Como norma general se convalida con: módulo profesional de Inglés Técnico de otros ciclos formativos, Grado en Filología Inglesa, Grado en Traducción e Interpretación (Inglés), o con certificado de Nivel Avanzado B2 o superior.
  • Al impreso de solicitud debe adjuntarse justificación documental de los estudios cursados (original o fotocopia compulsada de la certificación académica oficial).
  • Plazo: antes del 15 de noviembre.
  • Son competencia de la Dirección del centro, salvo que se alegue haber cursado un módulo de Inglés en un ciclo formativo de otra Comunidad Autónoma, en cuyo caso la competencia es de la Dirección General de Formación Profesional Integrada.

2) Solicitudes de convalidación de otros módulos con otros Ciclos Formativos o con Certificados de Profesionalidad:

  • Son competencia de la Dirección del centro.
  • Al impreso de solicitud debe adjuntarse justificación documental de los estudios cursados (original o fotocopia compulsada de la certificación académica oficial).
  • Plazo: antes del 15 de noviembre

3) Solicitudes de convalidación de otros módulos con Estudios Universitarios u otro tipo de estudios (FP de 1º o 2º Grado):

  • Son competencia del Ministerio de Educación y Formación Profesional, pero se tramitan a través del centro. En ningún caso el solicitante puede enviar por su cuenta la solicitud directamente al Ministerio
  • Plazo: todo el curso.
  • El solicitante debe registrarse en la Sede Electrónica del MEFP, cumplimentando los datos e introduciendo el NIF y una contraseña para poder realizar el seguimiento del trámite una vez que el Centro la registre en dicha Sede. Mientras el proceso está en trámite, el solicitante puede anular la solicitud presentando un escrito dirigido al Director del centro. Hasta que el/la alumno/a no reciba la correspondiente resolución por parte de MEFP, este/a deberá asistir a clase y presentarse a las evaluaciones correspondientes.
  • La resolución se notifica directamente al solicitante, a través de la Sede Electrónica del MEFP, quien debe descargar el documento.
  • Si la resolución es positiva, el solicitante debe presentarla en el Centro para hacer efectiva la convalidación o, si no está interesado en hacerla efectiva, puede ejercer su derecho a la renuncia mediante un escrito dirigido al Director del centro.
  • Si la resolución es negativa y el solicitante está en desacuerdo puede interponer recurso ante el MEFP.
  • Si transcurridos 6 meses sin haberse notificado, por parte del MEFP, resolución expresa, el solicitante deberá entender desestimada por silencio administrativo su solicitud.

Se puede consultar la información que sobre este tema en este enlace al portal TodoFP:


Orientaciones:

  • El módulo de Formación y Orientación Laboral (FOL) de los ciclos formativos de los planes de estudios LOGSE, una vez superado, convalida a cualquier módulo del mismo nombre de los actuales ciclos formativos LOE, siempre que se cuente con la certificación de prevención de riesgos laborales de nivel básico. (Excepto en el caso de tener el título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales).
  • Los módulos profesionales que hayan sido previamente convalidados no podrán ser causa de una nueva convalidación con otros módulos profesionales.
  • No se tramitarán solicitudes que aporten: Títulos propios no oficiales de universidad, certificados de idiomas no oficialmente aceptados, experiencia laboral, formación no formal, titulaciones extranjeras homologadas, títulos equivalentes LOGSE, ni formaciones de otros ministerios que tienen concedida por normativa la equivalencia general o específica.